RETOS DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL


 

NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL Y  SU REPERCUSIÓN EN LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES 


Por Alice Ariadna

En el presente ensayo se analizará el tema del nuevo sistema de justicia laboral y el modo en que repercute en la vida laboral de los trabajadores, si merma o enriquece los derechos conquistados en el pasado, se analizarán los factores políticos, económicos, sociales y de producción que justifiquen la elaboración de éste nuevo sistema de justicia laboral.

La globalización avanza de manera apabullante en todo el mundo y México no es la excepción, desde la aplicación del neoliberalismo en el período presidencial de Miguel de la Madrid (1982-1988) iniciando con la venta y privatización de las primeras empresas paraestatales, desmantelamiento, que abarca el régimen de Carlos Salinas de Gortari (1988-1994) y el de Ernesto Zedillo (1994-2000) el país ha tenido que cambiar también el Derecho Laboral, el cual no puede quedar excluido de todas éstas modificaciones sociales, políticas y económicas y como consecuencia ha habido diversas reformas al artículo 123 constitucional y a la Ley Federal del Trabajo.

El  Derecho del trabajo se vincula estrechamente con la economía; la política; la sociología etc., el hombre que trabaja exige un trato digno como persona humana, la aplicación de la justicia social a sus relaciones laborales, para el trabajador contemporáneo, la justicia social es el reconocimiento pleno y absoluto de gozar de las mismas oportunidades como cualquier otro ciudadano que se encuentra protegido de las leyes constitucionales que reconocen sus derechos fundamentales, a vivir dignamente como persona, con un nivel de subsistencia familiar que le permita disfrutar. de todos los privilegios del medio en el que se desarrolla, que le otorgue permanencia en sus labores; educación de sus hijos; vida sana; cultural; técnica; deportiva; etc., esa es la verdadera justicia social que reclama; justicia social no es caridad ni asistencia pública o beneficencia pública; justicia social es el reconocimiento de la igualdad entre todos los ciudadanos; armonía; paz, etc., éste es el ideal de lo que cualquier trabajador añora, pero tristemente la realidad de las cosas es muy diferente, habiendo hoy en día una disparidad enorme entre ricos y pobres, salarios y prestaciones precarias para los trabajadores, complicados trámites burocráticos para exigir sus derechos y prestaciones ante la ley, y una jubilación que cada día ven más lejana, pues con las reformas se incrementan los años para alcanzarla.

DESARROLLO

La política laboral nacional se planea, define y aplica por el Gobierno Federal desde la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de su titular como responsable en torno a aspectos fundamentales: el empleo, el salario, los principales conflictos colectivos, la aplicación de la legislación federal vigente, impartir justicia, salud laboral y seguridad social y en otras áreas relativas. La política laboral se vincula estrechamente con la política económica y social del Gobierno Federal, lo mismo que con la política interior aplicada a los sindicatos y conflictos laborales. La política laboral nunca ha estado desvinculada de las otras áreas del Gobierno, debido a la estrecha relación que hay entre ellas.

Las razones que argumentó el Poder Ejecutivo para justificar la reforma laboral son las siguientes:

El marco jurídico laboral ha quedado rebasado ante las nuevas circunstancias demográficas, económicas y sociales.

La legislación actual no responde a la urgencia de incrementar la productividad de las empresas y la competitividad del país, ni tampoco a la necesidad de generación de empleos. Por lo tanto, el desempleo supone una pérdida de producción potencial. El salario es el precio del factor trabajo. Cuantos más bajos sean los salarios reales, más trabajo demandarán las empresas, cuanto más elevados sean los sueldos, más gente querrá trabajar. La demanda de trabajo es derivada de la demanda de bienes y servicios, esto porque cuando una empresa vende quiere producir más, y para ello querrá contratar trabajadores. Por tanto, si no hay producción no habrá más trabajadores que puedan ofertar su empleo. El desempleo tiene importantes costes económicos y sociales, por los efectos nocivos del desempleo sobre la distribución de la renta y, de ahí, sobre la cohesión social. De esta manera, el crecimiento, la optimización de los recursos y cohesión social dependen, en buena medida, del correcto funcionamiento del mercado de trabajo.

México vio la necesidad de hacer reformas en el tema del Derecho Laboral, debido a los cambios que acontecen en éste mundo globalizado, por éste motivo se emprendió en 2012 bajo el régimen del Presidente Peña Nieto nuevas y mayores reformas bajo el argumento de que las emprendidas antes fueron incompletas y de que era necesario elevar la productividad a través de una segunda generación de las mismas, se lanzaron sendas propuestas de reforma para los sectores energético, telecomunicaciones, financiero, salud, educación y laboral.

Dicha reforma consta de cinco objetivos:

Acceso al mercado laboral y creación de empleos; Transparencia y democracia sindical; Fortalecimiento de las facultades normativas, de vigilancia y sancionatorias de las autoridades del trabajo; Equidad de género, inclusión y no discriminación en las relaciones laborales; Modernización de la justicia laboral.

También la reforma incorpora un concepto de trabajo digno o decente, lo cual ha quedado plasmado en el artículo segundo de la Ley Federal del Trabajo:

 Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.

El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva.
 Sin embargo, la realidad del trabajador dista mucho de éstas bellas palabras que al leerlas pueden parecer muy justas pero en la práctica sucede todo lo contrario pues el trabajador esta hoy a merced del empresario, se encuentra más desvalido que nunca dadas las nuevas reformas centrales a la Ley Federal del Trabajo.

Criterios para ocupar vacantes y ascender en el empleo: deja de ser relevante la antigüedad y se prioriza una mayor capacitación, aptitud y productividad.

La multihabilidad: los patrones asignarán a sus trabajadores tareas complementarias a su labor principal.

Regulación de la subcontratación u outsourcing. Se definió la figura de “régimen de subcontratación laboral”.

Reducción de salarios vencidos: se limita la generación de salarios vencidos hasta por un periodo máximo de 12 meses.

Salario por unidad de tiempo: pago por hora.

Aunado a esto en febrero de 2017 se propusieron nuevos ajustes, entre ellos:

Nuevos criterios para declarar ilícita una huelga, como el hecho de que, si afecta servicios públicos y no se notificó con 10 días de anticipación a los tribunales laborales o cuando haya violencia generalizada en contra de personas y propiedades, la huelga será ilícita.

Pago por enfermedad: se aprobó un dictamen que modifica la Ley Federal del Trabajo, estableciendo que ante una enfermedad laboral, los trabajadores, en lugar de percibir el 100 por ciento de su salario, solo obtendrán el 50 por ciento

Además, se estableció que las tablas de enfermedades y de incapacidades permanentes sean modificadas por una comisión consultiva, lo cual abre la puerta para que sean los empresarios quienes determinen cuáles enfermedades son susceptibles de pago.

Como se puede ver las reformas no han sido a favor de los trabajadores, ha sido a favor de los poderosos, de los empresarios quienes a expensas de la vida y explotación de sus empleados cada día se vuelven más ricos, el Estado se ha aliado con los capitalistas, traicionado al pueblo ya de por sí bastante oprimido y viviendo en condiciones precarias.

La reforma laboral propuesta se limitó a buscar propiciar una mayor flexibilización del mercado de trabajo, centrándose en la reducción del costo salarial y en la precarización laboral, al permitir nuevas modalidades de contratación como: la subcontratación, los períodos de prueba, los contratos de capacitación inicial y el trabajo temporal.

En el año de 2017 entró en vigor una reforma constitucional en materia de justicia laboral que fijó el marco general para establecer un nuevo sistema de justicia laboral. La reforma constitucional contiene tres aspectos básicos, primero con la finalidad de erradicar los llamados “sindicatos de protección patronal”, se hace obligatorio que un sindicato compruebe que representa a los trabajadores, a través del voto libre y secreto, segundo, se transfieren los juicios laborales que actualmente se resuelven en el poder ejecutivo, específicamente en las juntas de conciliación y arbitraje, a tribunales laborales del poder judicial para mejorar el proceso y la calidad de impartición de justicia, tercero , para privilegiar la conciliación en el proceso de solución de controversias, se instituye una etapa de conciliación obligatoria en una instancia administrativa como condición previa para iniciar un juicio laboral; pero el verdadero reto es materializar una reforma tan ambiciosa en la cual se involucren un grupo de multiactores públicos y privados con el fin último de que la justicia laboral mexicana que fue diseñada en el siglo XX se adecue a las necesidades del siglo XXI.

Los principios sustantivos del Derecho Laboral son aquellos destinados en lo fundamental a consagrar los derechos de los trabajadores o a reglamentar las vías para que estos sean mejorados. Mientras que el derecho adjetivo del Derecho Laboral lo constituye el mecanismo procedimental que permite hacer valer ese derecho o darle efectividad a esa relación comprendiendo las leyes procedimentales y de enjuiciamiento.

CONCLUSIÓN

Es un hecho que México se encuentra rezagado en el tema de los salarios, ya que el salario mínimo dentro de nuestra región latinoamericana es de los más bajos con apenas 150 dólares, incluso más bajo que en Centroamérica y de otras naciones que se supone son mucho más pequeñas, menos desarrolladas, menos relevantes en el concierto global, México es la economía 15 del mundo, pero tiene un salario mínimo del tercer mundo, una verdadera vergüenza.

Y entonces, ¿en dónde quedan todas las reformas realizadas en materia laboral para supuestamente mejorar el nivel de vida de los trabajadores mexicanos?, es ahí la pregunta que todos nos hacemos, al ver que después de dichas reformas la economía del trabajador es cada día más precaria, a merced de la explotación de los patrones los cuales tienen acuerdos corruptos con los sindicatos de trabajadores, entonces, se está a merced de las empresas quienes se hacen más ricas a costa de los empleados mal pagados quienes son ahora esclavos modernos del sistema capitalista voraz y sin escrúpulos.

 El neoliberalismo está acabando con los derechos conquistados con sangre por los trabajadores del pasado.

A pesar de los aportes de la Constitución y de la Ley Federal del Trabajo, la estabilidad del empleo y sus condiciones pactadas (contratación de base, turnos, salarios, puestos, funciones, escalafón, seguridades, etc.) se pulverizaron en todo el país bajo los sindicatos corruptos disfrazado de flexibilización que el Estado y el capital impusieron como cuestión central en su nueva estrategia económica.

El trabajo precario de los mexicanos se refleja en indicadores económicos como: la ausencia de trabajos escritos, la reducción de la sindicalización, la reducción de la temporalidad de los contratos, pero sobre todo en la caída salarial que alcanza lastimosamente niveles alarmantes.

Las reformas solo han servido para restarle derechos a los trabajadores y proteger descaradamente al patrón, los sindicatos hoy en día se han vendido a los poderosos y solamente simulan defender al empleado quien muchas veces es engañado por éstos al momento de firmar los contratos colectivos de trabajo, teniendo así todas las de perder. La corrupción del Estado, sindicatos y patrones hace que las ya débiles leyes que protegen al trabajador en la defensa de sus derechos sean tardadas al momento de impartir justicia debido a la terrible burocracia que impera en el país.

No hacen falta realmente más reformas a la Constitución ni a la Ley Federal del Trabajo, lo que hace falta es que se respeten y cumplan las leyes sin favoritismos, que se cumplan para todos de forma justa, como lo indican los preceptos y no se incline la balanza solo para los poderosos dueños de los medios y modos de producción.

“Cuando haya desaparecido la subordinación esclavizadora de los individuos a la división del trabajo, y con ella, la oposición entre el trabajo intelectual y el trabajo manual; cuando el trabajo no sea solamente un medio de vida, sino la primera necesidad vital; cuando, con el desarrollo de los individuos en todos sus aspectos, crezcan también las fuerzas productivas y corran a chorro lleno los manantiales de la riqueza colectiva, sólo entonces podrá rebasarse totalmente el estrecho horizonte del derecho burgués, y la sociedad podrá escribir en sus banderas: ¡De cada cual, según sus capacidades; a cada cual, según sus necesidades!”.(Marx, s.f.)

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